Accidentes, incumplimientos y negligencias

Indemnización por daños y perjuicios

Si alguien te causó un daño, por un accidente, una negligencia o el incumplimiento de un contrato, la ley te permite reclamar una indemnización que cubra lo que perdiste y el sufrimiento causado.

Calculamos el monto que corresponde, reunimos las pruebas y negociamos o demandamos al responsable y, cuando existe, a su aseguradora.

Dr. Valverde revisando informes médicos y fotos de un accidente con un cliente lesionado

¿Qué daños se pueden reclamar?

  • Daño emergente: gastos y pérdidas directas (atención médica, reparaciones).
  • Lucro cesante: lo que dejaste de ganar.
  • Daño moral: el sufrimiento y la aflicción causados.
  • Daño a la persona: afectación a tu salud, tu proyecto de vida o tu integridad.

Contractual o extracontractual

Si el daño viene del incumplimiento de un contrato, la responsabilidad es contractual. Si no había contrato, como en un accidente de tránsito, es extracontractual, y quien causa un daño por dolo o culpa debe repararlo.

Atención a los plazos: la acción por responsabilidad extracontractual prescribe a los dos años, mucho antes que la contractual.

Documentos para tu primera consulta

No es necesario tener todo: con lo que tengas podemos empezar y te decimos qué falta.

Cómo trabajamos tu caso

01

Evaluación

Analizamos qué pasó, quién es responsable y si hay seguro.

02

Cuantificación

Calculamos los daños con documentos y, si hace falta, peritos.

03

Negociación

Buscamos un acuerdo con el responsable o la aseguradora.

04

Demanda

Si no hay acuerdo, demandamos la indemnización.

Nuevo: sigue tu caso en línea

Mira el avance de tu caso desde tu celular

Cada cliente recibe un enlace privado para ver, cuando quiera, en qué etapa está su caso, las fechas de sus audiencias y las novedades que registra su abogado. Sin llamadas ni esperas, y sin descargar aplicaciones.

Preguntas frecuentes

Tuve un accidente de tránsito, ¿qué cubre el SOAT?

El SOAT cubre gastos médicos e indemnizaciones con montos fijos. Si el daño es mayor, se puede reclamar la diferencia al responsable.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

En responsabilidad extracontractual, dos años desde el daño. En la contractual el plazo es mayor.

¿Cómo se prueba el daño moral?

Con informes psicológicos, testimonios y las circunstancias del caso. El juez lo valora con criterio de equidad.

¿Puedo reclamar a una empresa?

Sí, las empresas responden por los daños que causan sus trabajadores en el ejercicio de sus funciones.

Hablemos de tu caso

Escríbenos y un abogado revisará tu caso. Atendemos en Av. General César Canevaro 963, Lince 15073 y de forma virtual, de lunes a viernes de 8:00 a 19:00.

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