Accidentes, incumplimientos y negligencias
Si alguien te causó un daño, por un accidente, una negligencia o el incumplimiento de un contrato, la ley te permite reclamar una indemnización que cubra lo que perdiste y el sufrimiento causado.
Calculamos el monto que corresponde, reunimos las pruebas y negociamos o demandamos al responsable y, cuando existe, a su aseguradora.

Si el daño viene del incumplimiento de un contrato, la responsabilidad es contractual. Si no había contrato, como en un accidente de tránsito, es extracontractual, y quien causa un daño por dolo o culpa debe repararlo.
Atención a los plazos: la acción por responsabilidad extracontractual prescribe a los dos años, mucho antes que la contractual.
No es necesario tener todo: con lo que tengas podemos empezar y te decimos qué falta.
01
Analizamos qué pasó, quién es responsable y si hay seguro.
02
Calculamos los daños con documentos y, si hace falta, peritos.
03
Buscamos un acuerdo con el responsable o la aseguradora.
04
Si no hay acuerdo, demandamos la indemnización.
Nuevo: sigue tu caso en línea
Cada cliente recibe un enlace privado para ver, cuando quiera, en qué etapa está su caso, las fechas de sus audiencias y las novedades que registra su abogado. Sin llamadas ni esperas, y sin descargar aplicaciones.
El SOAT cubre gastos médicos e indemnizaciones con montos fijos. Si el daño es mayor, se puede reclamar la diferencia al responsable.
En responsabilidad extracontractual, dos años desde el daño. En la contractual el plazo es mayor.
Con informes psicológicos, testimonios y las circunstancias del caso. El juez lo valora con criterio de equidad.
Sí, las empresas responden por los daños que causan sus trabajadores en el ejercicio de sus funciones.
Escríbenos y un abogado revisará tu caso. Atendemos en Av. General César Canevaro 963, Lince 15073 y de forma virtual, de lunes a viernes de 8:00 a 19:00.