Cobra lo que te corresponde por tu trabajo
Al terminar una relación laboral, el empleador debe pagarte la liquidación de tus beneficios sociales. Si no lo hizo, lo hizo incompleto o nunca te pagó ciertos beneficios mientras trabajabas, podemos reclamarlos.

El empleador debe pagar los beneficios sociales dentro de las 48 horas siguientes al cese. Si no lo hace, adeuda además intereses.
Para reclamar beneficios sociales tienes un plazo de cuatro años desde el día siguiente al término de la relación laboral. Mientras antes actúes, más fácil será reunir las pruebas.
No es necesario tener todo: con lo que tengas podemos empezar y te decimos qué falta.
01
Analizamos tus boletas, contrato y tiempo de servicios.
02
Calculamos exactamente cuánto te deben, con intereses.
03
Requerimos el pago y, si conviene, acudimos al Ministerio de Trabajo o a SUNAFIL.
04
Si no pagan, demandamos ante el juzgado laboral.
Nuevo: sigue tu caso en línea
Cada cliente recibe un enlace privado para ver, cuando quiera, en qué etapa está su caso, las fechas de sus audiencias y las novedades que registra su abogado. Sin llamadas ni esperas, y sin descargar aplicaciones.
48 horas desde el término de la relación laboral.
Sí. La relación laboral también se prueba con mensajes, correos, fotos, fotochecks, testigos o depósitos. Te ayudamos a armar las pruebas.
Es un beneficio que funciona como un seguro de desempleo. En el régimen general se deposita en mayo y noviembre en la cuenta CTS del trabajador.
Hasta cuatro años después del cese.
Escríbenos y un abogado revisará tu caso. Atendemos en Av. General César Canevaro 963, Lince 15073 y de forma virtual, de lunes a viernes de 8:00 a 19:00.