Del inmueble que ocupas a tu propiedad inscrita
Si vives en un inmueble o lo usas como dueño desde hace muchos años, pero no está a tu nombre, la prescripción adquisitiva te permite convertirte en propietario e inscribirlo en SUNARP.
Es un proceso técnico que exige probar bien la posesión. Te ayudamos a reunir las pruebas y a elegir la vía notarial o judicial.

El Código Civil exige una posesión continua, pacífica y pública, como propietario, durante diez años. El plazo se reduce a cinco años si tienes un justo título (por ejemplo, un contrato de compraventa no inscrito) y actuaste de buena fe.
Se prueba con documentos como recibos de servicios, pagos de autovalúo, constancias de posesión, declaraciones de vecinos, fotografías y planos firmados por un profesional.
En ambos casos coordinamos los planos y la memoria descriptiva y llevamos el título hasta su inscripción en SUNARP.
No es necesario tener todo: con lo que tengas podemos empezar y te decimos qué falta.
01
Revisamos cuánto tiempo y cómo has poseído el inmueble.
02
Reunimos documentos, testigos y planos firmados.
03
Iniciamos el proceso notarial o la demanda judicial.
04
Inscribimos la propiedad a tu nombre en SUNARP.
Nuevo: sigue tu caso en línea
Cada cliente recibe un enlace privado para ver, cuando quiera, en qué etapa está su caso, las fechas de sus audiencias y las novedades que registra su abogado. Sin llamadas ni esperas, y sin descargar aplicaciones.
Diez años como regla general, o cinco si tienes justo título y buena fe.
En muchos casos sí: la ley permite sumar el plazo de posesión de quien te transfirió el inmueble, si se prueba bien.
Sí. Precisamente sirve para inscribirlo a tu nombre aunque figure otro propietario en SUNARP, siempre que cumplas los requisitos.
No. Los bienes de dominio público no se pueden adquirir por prescripción.
Escríbenos y un abogado revisará tu caso. Atendemos en Av. General César Canevaro 963, Lince 15073 y de forma virtual, de lunes a viernes de 8:00 a 19:00.