¿Vendes un inmueble? Cuánto impuesto pagas en 2026 y cómo calcularlo

Información general actualizada al 29 de octubre de 2026. No reemplaza una asesoría: cada caso se evalúa con sus propios documentos.

Cada mes el Ministerio de Economía publica los índices de corrección monetaria que se usan para calcular el impuesto cuando una persona vende un inmueble. Los de octubre salieron con la Resolución Viceministerial N.º 019-2026-EF/15.01. Si estás por vender una casa, departamento o terreno, esto es lo que debes saber.

¿Cuándo se paga impuesto?

Una persona natural que no se dedica a vender inmuebles paga impuesto a la renta por la ganancia (no por el precio total) cuando vende un inmueble que compró desde el 1 de enero de 2004. La tasa efectiva es del 5 % de la ganancia.

En general no se paga si:

  • El inmueble se adquirió antes de 2004.
  • Es tu casa habitación y cumples los requisitos de la ley, entre ellos haberla tenido al menos dos años.
  • No hubo ganancia: vendes al mismo valor o por menos de lo que te costó, actualizado.

Ojo: quien vende muchos inmuebles en un mismo año puede ser considerado habitual y tributar como empresa, con reglas distintas.

Cómo se calcula la ganancia

  1. Toma el valor de compra o de construcción que figura en tus documentos.
  2. Multiplícalo por el índice de corrección monetaria del mes y año en que lo compraste, según el anexo vigente en el mes de la venta.
  3. Suma las mejoras permanentes y los gastos vinculados a la compra (notariales, registrales, alcabala), siempre que tengas comprobantes de pago.
  4. Resta ese costo del precio de venta. El resultado es la ganancia; el impuesto es el 5 %.

Ejemplo referencial

Compraste un departamento en 2015 por S/ 300,000 y hoy lo vendes en S/ 480,000. Si el índice para tu mes de compra fuera 1.25, el costo actualizado sería S/ 375,000. La ganancia sería S/ 105,000 y el impuesto, S/ 5,250. Sin aplicar el índice, pagarías S/ 9,000. El índice del ejemplo es hipotético: usa el del anexo oficial.

¿Cuándo se paga?

Antes de firmar la escritura pública. El notario exige la constancia de pago del impuesto, o la declaración de que la venta no está gravada, para elevar la compraventa a escritura.

¿Y el comprador?

El comprador paga el impuesto de alcabala a la municipalidad: 3 % sobre el valor que exceda las primeras 10 UIT.

Errores frecuentes

  • No tener comprobantes de las mejoras, que luego no se pueden sumar al costo.
  • Declarar un precio menor al real: SUNAT puede usar el valor de mercado y cobrar multas.
  • Vender un inmueble heredado sin revisar sus reglas, que son distintas para calcular el costo.

Antes de vender, revisemos tus documentos, la partida registral y el cálculo del impuesto. Conoce nuestro servicio de compraventa y saneamiento de inmuebles y, si el inmueble es una herencia, el de herencias y sucesión intestada.

Fuentes

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