Días no laborables por la visita del Papa: ¿tengo que ir a trabajar?

Información general actualizada al 26 de octubre de 2026. No reemplaza una asesoría: cada caso se evalúa con sus propios documentos.

El Gobierno declaró días no laborables compensables por la visita del papa León XIV al Perú, prevista del 11 al 16 de noviembre de 2026. La norma es el Decreto Supremo N.º 020-2026-TR. Si trabajas o tienes trabajadores a cargo, esto es lo que necesitas saber.

Fechas por región

  • Lima y Callao: miércoles 11 y jueves 12 de noviembre, desde las 13:00 hasta las 24:00, y el lunes 16 de noviembre todo el día.
  • Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura: viernes 13 y sábado 14 de noviembre.
  • Cusco y Ucayali: domingo 15 de noviembre, solo para el sector privado.

“No laborable” no es lo mismo que feriado

En un feriado descansas con sueldo y, si trabajas, te pagan un recargo. Un día no laborable compensable funciona distinto: si tu centro de trabajo se acoge, descansas ese día y luego recuperas las horas. Si trabajas con normalidad, es un día común y no genera pago extra.

Si trabajas en una empresa privada

  • Que se descanse o no lo deciden tu empleador y los trabajadores de común acuerdo. Si no hay acuerdo, decide el empleador.
  • La forma de recuperar las horas también se acuerda. Si no hay acuerdo, el empleador fija cuándo se compensan.
  • Si prefieres no recuperar horas, puedes proponer usar un día de vacaciones; para eso tu empleador debe estar de acuerdo.

Si trabajas en el Estado

Las horas no trabajadas se recuperan en los 10 días siguientes o en la fecha que fije el titular de la entidad. Cada entidad debe garantizar los servicios indispensables.

Quiénes siguen trabajando

Las empresas de servicios esenciales pueden excluir los puestos necesarios: salud, agua, electricidad, gas, telecomunicaciones, transporte, puertos y aeropuertos, hospedaje, restaurantes, seguridad, sistema financiero, traslado de valores y venta de alimentos.

¿Y para los trámites e impuestos?

Para fines tributarios estos días se consideran hábiles: los vencimientos con SUNAT no se mueven.

Si tu empleador te exige recuperar más horas de las que no trabajaste o aplica descuentos indebidos, revisa nuestra página de beneficios sociales o lee cómo calcular tu liquidación.

Fuentes

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