Estado de emergencia en Lima y Callao hasta diciembre: qué derechos se restringen

Información general actualizada al 26 de octubre de 2026. No reemplaza una asesoría: cada caso se evalúa con sus propios documentos.

El Gobierno prorrogó por 60 días el estado de emergencia en Lima Metropolitana y el Callao por criminalidad, con el Decreto Supremo N.º 142-2026-PCM. La prórroga rige desde el 28 de octubre, así que llega hasta fines de diciembre. Te explicamos qué cambia en tu día a día.

Qué derechos se pueden restringir

El artículo 137 de la Constitución solo permite restringir cuatro derechos durante un estado de emergencia, y son los que menciona el decreto:

  • Libertad de tránsito: puede haber controles y limitaciones para circular en ciertas zonas.
  • Libertad de reunión: las actividades masivas y públicas, religiosas, culturales o deportivas, necesitan autorización. Las reuniones no masivas no requieren permiso.
  • Inviolabilidad del domicilio: la autoridad puede intervenir un domicilio dentro de las zonas declaradas, según las reglas del régimen de excepción.
  • Libertad y seguridad personales: se amplían las facultades para intervenir y detener.

La Policía define las zonas de intervención y las Fuerzas Armadas la apoyan en el control del orden interno.

Lo que no se suspende

  • Nadie puede ser maltratado ni torturado, y debes ser informado del motivo de una intervención.
  • Puedes comunicarte con un abogado y con tu familia.
  • Siguen vigentes el hábeas corpus y el amparo: un juez puede revisar si una medida fue razonable y proporcional (artículo 200 de la Constitución).
  • El secreto de tus comunicaciones no figura entre los derechos restringidos.

Si te intervienen

  1. Lleva siempre tu DNI y mantén la calma.
  2. Pregunta el nombre y la unidad del agente y el motivo de la intervención.
  3. No firmes actas que no entiendas o que no reflejen lo ocurrido.
  4. Si te detienen, pide comunicarte con tu abogado de inmediato.

Lo que viene: la Ley 32743

El 22 de octubre se publicó la Ley 32743, que da al Ejecutivo 90 días para dictar decretos legislativos en seguridad ciudadana y frente al Fenómeno El Niño. Te explicamos sus materias en facultades legislativas: lo que aprobó el Senado.

Si tú o un familiar fueron intervenidos o detenidos, consulta nuestra página de abogado penalista.

Fuentes

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